Términos y condiciones

Reglamento de uso para productores y organizadores

 

 

REGLAMENTO DE USO PRODUCTORES / ORGANIZADORES

 

Este reglamento será de aplicación para la operatoria y gestión del conjunto de herramientas ofrecidas por Mercantil Andina Seguros SA (en adelante MA).

 

Se deja constancia la plena vigencia del reglamento general de la página  www.mercantilandina.com.ar (en adelante el "Sitio"), sin perjuicio de las particularizaciones regladas para cada función y actividad dirigida a los señores productores y organizadores.

 

MA se reserva el derecho de cambiar y modificar las condiciones y clausulado del presente reglamento en cualquier momento y sin previo aviso. Las modificaciones entrarán en vigencia a partir del momento en que sean publicadas en este Sitio, por lo que se aconseja la lectura del Reglamento y Condiciones cada vez que ingrese en el sitio.

 

 

CARACTERISTICAS DEL SERVICIO PARA PRODUCTORES / ORGANIZADORES

 

El Sitio brinda un portal de acceso exclusivo para dichos operadores. El Sitio brindará información sobre:

 

a)       Nómina de clientes.

b)       Gestión de solicitudes de pólizas nuevas.

c)       Pólizas (emitidas).

d)       Estado preliminar de cuenta corriente productor (con los alcances que se indican en el capítulo correspondiente)

e)       Comisiones Productores.

f)         Siniestros (estado general de tramitación).

g)       Informes.

h)       Estadísticas.

i)         Chat.

j)         Carpeta personal productor.

k)       Impresión de los documentos e información contenida en dichas aplicaciones.

 

 

CONDICIONES PARA OPERAR EL SISTEMA

 

El productor / organizador que desee operar el sistema ofrecido por MA deberá cargar un nombre de usuario y contraseña. Este código será personal e intransferible y no podrá ser revelado a ningún otro tercero. Ma no asume responsabilidad por la infracción a este reglamento.

 

 

CONFIDENCIALIDAD

 

La información que proporcione y cargue en este sitio será confidencial y de estricta reserva, y no será hecha pública a terceros, salvo por requerimiento judicial en Contrario.

Se entiende que por la mera operación del sitio, se 
acepta de plena conformidad las normas del presente reglamento.

 

 

 

APLICACIÓN DATOS PERSONALES

 

MA posibilita la carga y consulta de la información referida a clientes. Al respecto, por el mero uso de esta aplicación, el productor / organizador (en adelante "el operador") se compromete a brindar datos exactos, actuales y correctos del cliente MA no asume ninguna responsabilidad por eventuales imprecisiones o inexactitudes de ellos, en razón de que el manejo y administración de esa información corre por cuenta del operador.  

 

En dicha aplicación se podrán consultar las pólizas emitidas del cliente, su deuda y siniestros.

 

También se podrán imprimir pólizas y certificados de cobertura, papelería ésta sujeta a la normativa de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

 

 

APLICACIÓN SOLICITUDES

El operador podrá realizar solicitudes de nuevas pólizas. El sistema posibilita la visualización de su estado hasta la efectiva suscripción y emisión del riesgo.

 

Queda establecido que la presentación de una solicitud se encontrará sujeta a las condiciones técnicas y comerciales de cada producto vigentes en cada ramo.

 

Ma podrá rechazar una solicitud sin necesidad de expresar su causa.

 

El envío de una solicitud a través del Sitio no importará que el riesgo goce de cobertura, dado que la operación deberá ser aceptada por Ma y estar sujeta a las condiciones técnicas y comerciales en vigor para cada ramo de seguro.  

 

 

 

APLICACIÓN EMISION DE CERTIFICADOS DE COBERTURA

 

El sistema habilita la emisión de dicho documento.

El certificado así emitido deberá sujetarse en cuanto a los efectos legales de su contenido y alcances a la Resolución General de la Superintendencia de Seguros Nro 24.697/06 y sus eventuales modificatorias.

 

APLICACIÓN PRELIQUIDACIONES

El operador podrá utilizar el sitio a efectos de la remisión de preliquidaciones.

La confección de la misma con las operaciones a rendir y liquidar es de exclusiva responsabilidad del operador, no asumiendo responsabilidad alguna Ma por cualquier operación no incluida dentro de la misma.

Queda entendido que la mera remisión de una preliquidación no implicará que el seguro cuente con cobertura financiera.

Las liquidaciones que efectúen los operadores quedan sujetas en cuanto a su modalidad, plazos y efectos a la normativa de rendición y liquidación vigentes.

Al ser remitida la preliquidación el sistema emitirá la leyenda "recibida". De tal manera quedará establecida en firme a los efectos de su liquidación en Ma. No se podrá incluir ningún cambio y/o rectificación a aquella preliquidación que haya sido recibida por Ma.  

 

APLICACIÓN ESTADO DE CUENTAS DE PRODUCTOR (CCP)

A través de la herramienta ofrecida por Ma el operador podrá acceder al estado de cuentas que relacione el código de usuario.

Se deja aclarado que la información y estado de cada cuenta al momento de su consulta puede diferir de su actual situación, en razón de la realización de procesamientos, verificación contables y auditoría diarios.

Es decir, la información volcada en la aplicación representa una aproximación del estado de cuenta en razón del carácter dinámico de la misma.

Por tal razón, Ma no asume ningún tipo de responsabilidad en relación a un posible error u omisión causados en los procedimientos indicados en el segundo párrafo de este título.

 

APLICACIÓN INFORMES Y ESTADÍSTICAS

El operador podrá elaborar informes de su cartera en base a la información y operatoria traída por el sistema.

Esa aplicación estará disponible con los parámetros establecidos en la respectiva función.

La base sobre la que se procesarán los informes es la aportada por el operador en su contacto e ingreso al Sitio.

 

APLICACION SINIESTROS

Sólo se podrá ver la situación de aquellos siniestros de asegurados, más no aquellos que afecten la cobertura de responsabilidad civil.

El sistema mostrará la información según los parámetros definidos en la aplicación.

Queda establecido que este sistema no suplanta el sistema de notificaciones y regulaciones establecidas por la ley de seguros 17418.   

 

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